La anulación del impuesto de plusvalía municipal, el mejor momento para vender tu casa

impuesto plusvalia municipal vender vivienda blog ketier

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

El impuesto de plusvalía municipal cuyo nombre oficial es Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un impuesto que los ciudadanos pagan a los ayuntamientos. Este impuesto grava la revalorización de una propiedad, en concreto el aumento del valor del inmueble desde su compra hasta que cambia de propietario tras una operación de compraventa, una herencia o una donación.

¿Por qué han eliminado el impuesto de plusvalía municipal?

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo e inconstitucional el impuesto de plusvalía municipal porque ha considerado que el método de cálculo que se utiliza para calcular la base imponible del tributo es inconstitucional, dado que se carga independientemente de si el valor del inmueble ha subido o ha bajado desde que se compro. Este impuesto ha sido siempre controvertido para la justicia ya que en realidad suponía que, aunque un propietario vendía su inmueble a pérdidas, tenía la obligación de pagar el impuesto.

¿Qué sucederá tras la suspensión del impuesto?

Tras la decisión del Tribunal Constitucional, los ayuntamientos ya no aplicarán este impuesto. Esto se traduce en un gran ahorro y múltiples ventajas para todos los propietarios que van a vender su casa a corto plazo, que tendrán que actuar con rapidez, ya que esta situación tendrá seguramente una fecha de fin bastante cercana.

Los próximos pasos los dará el Gobierno que tendrá que adaptar la norma a la decisión del Tribunal Constitucional o bien anular de la Ley reguladora de Haciendas Locales (artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a y 107.4) las referencias a la plusvalía municipal.

La eliminación del impuesto no será definitiva, sino solo su método de cálculo, por lo que el impuesto de plusvalía municipal quedará anulado hasta que se reforme la ley y los ayuntamientos lo puedan volver a a cobrar.

Se estima que esta situación tardará unos tres meses, aunque es posible que se tomen decisiones antes porque que los ayuntamientos ejercerán una gran presión, ya que la recaudación media anual de este impuesto es de 2.500 millones de euros.

¿Las personas que ya han pagado el impuesto de plusvalía municipal tienen derecho a reclamar?

El Tribunal Constitucional ha decidido que las personas que podrán reclamar serán únicamente aquellas que tenían un tramite legal abierto antes de la decisión de la eliminación del impuesto.

Aún así, si te encuentras en alguna de las siguientes tres situaciones, no podrás reclamar:

  • En el caso de haberse presentado una rectificación y se ha desestimado.
  • En el caso en el que se ha planteado vía administrativa, se ha desestimado y no se ha recurrido a los tribunales.
  • En el caso en el que se ha llegado en los tribunales, pero se ha desestimado por sentencia firme.

¿Cómo y cuándo se pagaba el impuesto de plusvalía municipal?

Al ser un impuesto municipal, dependía de cada ayuntamiento, pero por lo general solía ser mediante autoliquidación:

  • En el caso de las transmisiones inter-vivos se debía abonar 30 días hábiles desde la fecha de compra-venta (transmisión).
  • En el caso de las transmisiones mortis-causa se debía abonar 6 meses desde la muerte del propietario.

¿Quién tenía la obligación de pagar el impuesto de plusvalía municipal?

Las personas que tenían la obligación de pagar este impuesto eran las siguientes tres:

  • El propietario de un bien inmueble al realizar la operación de venta del inmueble.
  • Una persona que recibía un bien inmueble en herencia.
  • Una persona que recibía un bien inmueble como donación.

¿Qué datos necesitaba y cómo podía calcular el impuesto de plusvalía municipal en Madrid?

Datos necesarios para realizar el cálculo:

  • Valor catastral del suelo que figura en nuestro recibo del IBI.
  • Años transcurridos entre la compra y venta (fecha de compra y de venta de la vivienda).
  • Coeficiente de incremento del valor catastral del suelo que es la diferencia entre el valor del suelo cuando lo compraste y cuando vas a vender. La ordenanza fiscal de Madrid establece un porcentaje de incremento para cada uno de los años de tenencia del inmueble que se contabiliza hasta los 20 años. A partir de los 20 años la cuota es máxima y se utiliza siempre el último coeficiente. En Madrid, los porcentajes eran:
    • Hasta 5 años un 2%
    • Hasta 10 años un 2,5%
    • Hasta 15 años un 2,8%
    • Hasta 20 años un 3%

En función de tu municipio este tipo impositivo podía variar entre 2% y 60%.

  • Tipo impositivo del impuesto (que era el 29% en Madrid).

Para poder calcular el impuesto de plusvalía municipal y saber cuanto teníamos que pagar, teníamos que realizar el siguiente cálculo:

Base imponible = Valor catastral del suelo x Coeficiente de incremento del valor catastral del suelo en función del número de años de tenencia.

Plusvalía = Base imponible x 29%

Ejemplo: Si habíamos comprado nuestra vivienda hace 15 años y el valor catastral que figuraba en nuestro recibo del IBI era de 2.500.000 €, el coeficiente de incremento para este periodo de posesión en Madrid era de 2,8%.

Base imponible = 15 (años) x 2,8% x 2.500.000 (€) = 1.050.000 €

Plusvalía = 1.050.000 x 29%= 304.500 €

243.600 € es el importe que teníamos que pagar de impuesto de plusvalía municipal si vendíamos nuestra vivienda en Madrid antes de la sentencia del Tribunal Constitucional.

¿Por qué es el mejor momento para vender tu vivienda y en que caso te interesa hacerlo?

En el caso en el que deseas vender tu vivienda y su precio actual es mayor que el precio por el que la has comprado, te recomendamos venderla antes de que Hacienda apruebe los cambios en el impuesto de plusvalía municipal. De esta forma conseguirás ahorrar el cuantioso importe que supone este impuesto.

Desde Ketier, como expertos inmobiliarios, estamos a la disposición de todos los propietarios que deseen agilizar la venta de su inmueble, verificar cual es el valor actual de su vivienda o que importe tendrán que pagar una vez que el impuesto de plusvalía municipal vuelva a estar en vigor.

Si deseas vender tu vivienda con rapidez, contáctanos, estaremos encantados de asesorarte sin ningún compromiso.

Compártelo en redes sociales:

Únete a la discusión

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Comparar listados

Comparar